Sunday
May 12/24
4:17 am

Asociación de Residentes
Mansiones del Sur
REGLAMENTO
BallCharts.com/armsponce

Admin

Attendance:


Ponce

Puerto Rico






 


REGLAMENTO MANSIONES DEL SUR

1. Nombre de la Corporación: MANSIONES SUR CORP; entidad sin fines de lucro, localizada en la carretera 132, Km. 18, Ponce, PR, dirección postal: #5 Mansiones del Sur, Peñuelas, PR 00624-9207.
2. Fines para los que se constituye:

2.1 Organizar y defender los intereses comunes y el desarrollo de la comunidad Mansiones Sur.

3. Condiciones/Requisitos para ser miembro:

3.1 Se le requerirá a los miembros ser propietarios en la comunidad mencionada; personas que residan en calidad de alquiler no serán reconocidos como miembros bonafide de la corporación.

4. Constitución y Reglamento:

4.1 Quedará constituida la Junta con un mínimo de cuatro miembros (presidente, vicepresidente, subsecretario y tesorero) y un máximo de cinco (presidente, vicepresidente, secretario, tesorero y vocal) El número de oficiales (4 ó 5) será determinado en asamblea cada año teniendo en cuenta las tareas a realizar durante el año.

4.2 La elección de los oficiales de la Junta se llevará a cabo anualmente a finales de enero, luego de una convocatoria enviada a todos los propietarios por lo menos una semana antes. Se requerirá representación (“quórum”) de 50% + 1 de las familias (mayoría absoluta) para proceder con la re-elección de la Junta. De no haber “quórum” se citará de inmediato otra asamblea en los próximos 7 - 10 días, en esta segunda, el “quórum” quedará establecido por los asistentes y podrán re-elegir los oficiales que representarán la comunidad.

4.3 Se permitirá que se nomine o sea electo a cargos en la Junta a sólo un miembro de cada familia de la comunidad. Se requiere a mayoría simple (50% +1 de los votantes) para elegir a cada candidato.

4.4 La votación se hará abierta; levantando la mano o por escrito, si la asamblea así lo requiere. Se aceptará un voto por residencia al momento de la elección.

4.5 Se proveerá un formato oficial para delegar el voto del propietario que no pueda asistir, que incluya el nombre y firma del propietario, en quien delega y con cual propósito o que específicamente autoriza para que se vote por él. La persona que delega será la responsable de solicitar el formato con uno de los miembros de la Junta, si no lo tiene disponible.

4.6 La Junta procederá a tomar cargo comenzando de inmediato con el proceso de entrega de trabajos de la Junta anterior. Diseñará su plan de trabajo para su año de incumbencia y este plan de trabajo será presentado a la asamblea por lo menos 1 mes después de la instalación de la Junta.

4.7 La Junta convocará a asamblea de propietarios en el lugar determinado por ellos por lo menos trimestral. Tendrá la junta libertad de convocar a una asamblea extraordinaria más frecuente que lo antes mencionado para asuntos especiales, urgentes de tratar y/o seguimiento de asuntos importantes para toda la comunidad.

4.8 De surgir una vacante durante el año, la misma se llenará en asamblea de residentes con mayoría simple (50% + 1 de los participantes).

4.9 En la re-elección anual se garantizará la continuidad de los trabajos mediante toma del puesto de la presidencia por el vicepresidente Los miembros de la Junta podrán ser re-elegidos a un nuevo término, de estar disponibles.

4.10 Se utilizará como base para definir las tareas generales de cada puesto las sugeridas en el Manual de Procedimientos Parlamentarios de Reece B Bothwell.

5. Deberes y Derechos de la Junta de Gobierno:

5.1 Convocar a asamblea por lo menos trimestralmente.

5.2 Organizar y dirigir las asambleas de propietarios.

5.3 Rendir informes de gestiones hechas, Estado de Cuota mensual para manteamiento y seguridad, Estado de la cuenta bancaria, otros que soliciten los propietarios.

5.4 Contratar servicios requeridos para realizar las tareas que garantizan la seguridad, mantenimiento y desarrollo de la comunidad.

• Servicios y/o gastos de más de $500.00 debe ser aprobados en asamblea. • Entre los servicios se incluye: mantenimiento de áreas comunes, reparación de portón, contabilidad anual para informe al Departamento de Hacienda, entre otros.

5.5 Garantizar la mejor utilización de los recursos económicos de la comunidad de acuerdo a los servicios contratados.

5.6 Facilitar el flujo de información entre los propietarios en asuntos de interés común.

5.7 Administrar los bienes de la corporación a tono con las necesidades y/o disposiciones establecidas por la asamblea.

5.8 Diseñar el plan de trabajo anual basado en las necesidades establecidas por la comunidad y presentarlo en asamblea y/o por escrito a los propietarios.

5.9 Vigilar por que las normas aprobadas en el reglamento de la comunidad sean cumplidas por todos los propietarios.

5.10 Someter un presupuesto anual y/o mensual a la asamblea donde se proyecten ingresos y gastos esperados garantizando así la cubierta de gastos basado en la cuota establecida a ese momento.

5.11 Solicitar información necesaria para la toma de decisiones en asamblea; previo a la realización de la misma.

5.12 Llevará minutas de cada asamblea y reuniones de Junta como evidencia de discusión de asuntos y decisiones tomadas.

6. Disposiciones Financieras:

6.1 Se establece una cuota mensual de $75.00

6.2 Cualquier aumento en la cuota deberá discutirse en asamblea con mayoría absoluta de los propietarios (50 + 1). De no haber “quórum” se citará a una segunda asamblea y la decisión se tomará con los propietarios presentes.

6.3 Retrasos mayores de tres (3) meses de cuota estarán sujetos a 10% de recargo de la deuda total. Acumulará el 10% mensual en adelante. La tesorera facturará los recargos con la firma del presidente.

6.4 Se facilitará el pago a tiempo de la cuota mediante un buzón interno, depósito directo o cualquier otra medida recomendada por la asamblea.

6.5 Se registrarán por lo menos tres firmas de los oficiales de la Junta (Presidente, Vicepresidente y Tesorero) para la cuenta bancaria. Se requerirá por lo menos para girar cheques.

6.6 Todo gasto estará autorizado por dos (2) a tres (3) miembros de la Junta.

6.7 Cualquier cambio en la cuota mensual o aportación adicional para proyectos especiales; así como solicitudes de préstamos y/o utilización de líneas de crédito, certificados o cualquier bien común de la comunidad será discutido previamente en asamblea para su aprobación. Se requerirá mayoría absoluta (50 + 1 de los propietarios) para su aprobación.

6.8 La cuota será responsabilidad del propietario, mientras no haya un nuevo propietario. El nuevo propietario será responsable de saldar cualquier deuda con la Corporación Mansiones del Sur.

7. Enmiendas al Reglamento:

7.1 Se convocará a asamblea para este propósito.

7.2 Se requerirá dos terceras partes de los votantes para enmendar el reglamento.

7.3 Se circulará de antemano las enmiendas para que puedan ser evaluadas por los propietarios.

8. Áreas Comunes:

8.1 Se define la entrada del complejo y el solar entre la propiedad #4 y #5 como áreas comunes; así como carretera, aceras y encintado.

8.2 Ningún propietario podrá alterar o disponer de las áreas comunes sin previa consulta y/o discusión en asamblea.

8.3 El mantenimiento, cuidado y embellecimiento del encintado estará a cargo de cada propietario.

8.4 El desarrollo de las áreas comunes será discutida en asamblea de propietarios.

8.5 Se evitará dejar autos o cualquier otro vehiculo en desuso por tiempo indefinido en la calle, sobre todo si el mismo está en condiciones que afectan adversamente la apariencia del entorno (ej. carros chocados o en malas condiciones, botes, casas rodantes) que limitan el tráfico vehicular.

8.6 Se mantendrá controlado el acceso a la comunidad todo el tiempo. Será responsabilidad del propietario la seguridad del resto de la comunidad cuando tenga actividades en su residencia.

8.7 No se permitirá que se deje abierto el portón de entrada para actividades sociales.

8.8 Mascotas: es responsabilidad del residente mantener sus mascotas en su propiedad; no se permitirán mascotas con dueño realengas por el vecindario. Cualquier daño a la propiedad ajena será responsabilidad del dueño de la mascota.

8.9 Será responsabilidad de cada propietario asumir responsabilidad en caso de ruptura y/o daño de aceras, carretera o cualquier otra propiedad común causada por servicios y/o construcción en su residencia. Deberá garantizar el arreglo del área o propiedad, por lo menos al estado en que se encontraba previo al daño sufrido.

9. Apelación de Decisiones:

9.1 De haber un grupo de propietarios en desacuerdo con cualquier decisión de la Junta y/o la asamblea, llevará su apelación por escrito estableciendo argumentos y alternativas para que la asamblea lo pueda considerar.

9.2 La Junta podrá manejar apelaciones cuya solución esté contemplada en los derechos del cargo como oficial representativo de la comunidad.

9.3 Si la Junta entiende que no le corresponde o pueden tomar decisión sobre una apelación, lo llevarán a la próxima asamblea para toma de decisión al respecto.

10. Disposiciones Internas Adicionales/Especiales:

10.1 La Junta citará a reunión de propietarios garantizando que todos están notificados por escrito, y/o comunicación directa y escogerá el día y hora donde un mayor número de propietarios pueda participar.

10.2 En caso de propietarios ausentes: mantendrá disponibles las minutas para los interesados. Es responsabilidad del propietario solicitar información que interese tener.

10.3 No se permite: Segundas plantas en madera, verjas aledañas a la carretera. Se permitirá construir verjas de la edificación principal hacia atrás.






 


Lineup Cards, Dugout Charts, Pitching Charts, Free Team Pages, Free League Pages
Powered by BallCharts.com - free team & league websites